¿Qué es un contrato de seguro?
El contrato de seguro es aquel en el que el asegurador
se compromete a resarcir o compensar un daño o perjuicio que sufra el asegurado,
en caso de que ocurra el riesgo o suceso asegurado.
La póliza de seguro es el contrato en el que constan
las condiciones de la póliza, es decir, los derechos y obligaciones de
asegurador y asegurado.
Se debe entender por póliza el documento escrito a través del cual las partes suscriben el contrato de seguro, y según lo establecido en el código de comercio el asegurador está obligado a entregar el original al tomador.
Característica del contrato de seguro
El código de comercio no define como tal al contrato
de seguro, pero se le atribuyen las siguientes características:
- Consensual: esta es una característica de los contratos que se
perfeccionan con el solo consentimiento de las partes, juega un papel
fundamental en consentimiento libre de cualquier vicio
- Bilateral: las obligaciones en contrato de seguro son tanto para
el asegurador de responder por la suma asegurada cuando ocurra el siniestro, y
para el tomador pagar la prima
- Oneroso: para que el asegurador asuma los riesgos, es necesario que el tomador
pague la prima, que no es más que la cantidad de dinero que se paga para que en
caso de que ocurra el siniestro el asegurador responda
- Aleatorio: esta característica se la da el hecho de que no es
susceptible saber si el siniestro va a ocurrir o no, o saber cuándo va a
ocurrir, por ejemplo: se asegura un carro contra robo es posible o no que el
carro se lo roben, por esto el seguro reviste el carácter de aleatorio
- De ejecución sucesiva: por lo general en el contrato de seguro es de
ejecución sucesiva porque sus prestaciones son sucesivas
- Nominado: se encuentra regulado por el código de comercio a partir del artículo
1036 al 1162
Contenido o condiciones de la póliza de seguros
Además de los requisitos esenciales señalados en el
artículo 1045 del código de comercio (colombiano), la póliza de seguro debe
contener los requisitos establecidos en el artículo 1047, los cuales son los
siguientes:
- La razón o denominación social del asegurador, es
decir, el nombre por medio del cual es conocida la empresa o persona jurídica
que se dedique a la actividad aseguradora
- El nombre del tomador, con la especificación del ser
el tomador si el asegurado y los beneficiarios fueren distintos
- Los nombres del asegurado y del beneficiario o la
forma de identificarlos, si fueren distintos del tomador, esto debido a que una
persona puede tomar un seguro a favor de otra persona a quien corresponde el
derecho a la prestación asegurada, como se encuentra establecido en el código
de comercio
- La calidad en que actúe el tomador del seguro, es
decir, establecer si actúa por cuenta propia o ajena
- La identificación precisa de la cosa o la persona con
respecto a las cuales se contrata el seguro, es decir, si el objeto del seguro
es una cosa, la plena identificación de esta
- La vigencia del contrato, con indicación de las fechas
y horas de iniciación y vencimiento, o el modo de determinar unas y otras, por
ejemplo: el presente contrato es válido por el término de un año, cuya vigencia
empieza al momento de ser suscrito por las partes
- La suma asegurada o el modo de precisarla, la suma
asegurada es la que permite determinar hasta que monto está obligado a
responder el asegurador
- La prima o el modo de calcularla y la forma de su
pago, se debe estipular la suma de la remuneración que debe pagar el tomador y
la manera en que este debe ser pagada, es decir, que monto y cuando se debe
pagar
- Los riesgos que el asegurador toma a su cargo, los
sucesos inciertos por los que responderá el asegurador en caso de que se dé la
ocurrencia de estos
- La fecha en que se extiende y la firma del asegurador, la fecha de celebración del contrato de seguro
- Las demás que acuerden las partes
Elementos esenciales del contrato de seguro
Este contrato de seguro debe reunir los elementos
esenciales que contempla el artículo 1045 del código de comercio.
Estos elementos esenciales son los siguientes:
- El interés asegurable, es decir, la identificación de
la persona, el objeto o cosa asegurada.
- El riesgo asegurable, no es más que el suceso incierto
que se asegura, por ejemplo, en un contrato de seguro de vida, el riesgo
asegurable es la muerte
- La prima o precio del seguro, la suma de dinero a
cargo del tomador del seguro que debe pagarle al asegurador
- La obligación condicional del asegurador, es la
condición de indemnizar al asegurado en caso de que ocurra el suceso incierto
¿Cuándo debe el asegurador pagar la indemnización por
la ocurrencia del siniestro?
En el contrato de seguro la ley establece un término
para que el asegurador cancele la indemnización a la que tiene derecho el
asegurado o sus beneficiarios cuando ocurre el siniestro, el código de comercio
establece que la indemnización por la ocurrencia del siniestro se debe efectuar
dentro del mes siguiente, al día en que el asegurado o beneficiario certifique
su derecho ante el asegurador.
Corresponde al asegurado o a sus beneficiarios, según
el caso acreditar aun extrajudicialmente para obtener el pago de la
indemnización por la ocurrencia del siniestro, su derecho. Una vez acreditado
el derecho dentro del mes siguiente tiene plazo el asegurador para pagar.
Entonces es obligación del asegurado o de los beneficiarios demostrar la ocurrencia del siniestro, al igual que la cuantía de la perdida, es decir, que la carga de la prueba le corresponde al asegurado o a los beneficiarios. También deben demostrar ya sea el asegurado o sus beneficiarios los hechos o situaciones excluyentes de su responsabilidad.